¿Puede un militante Montonero juzgar crímenes de lesa humanidad?
Terrible revelación sobre el juez Lorenzetti.
Escribe: Horacio M. Lynch – VISIÓN LIBERAL
– ¿Usted fue militante
peronista, desde la época universitaria, de la JP ligada a Montoneros?,
¿en noviembre de 1976 los militares lo buscaron en su casa en Santa Fe
donde vivía con otros amigos y lo salvó su amigo Horacio Calciatti?.
Responde Lorenzetti: “Me hace preguntas de tantos años atrás
…. ` [ se toma la cabeza, la inclina hacia atrás se acomoda en el sillón
y puedo percibir que se emociona … hay unos minutos de silencio y
continúa] Fueron tantos, tantos años atrás … pero si, así fue. Siempre
fui perseguido.” (Natalia Aguiar, El Señor de la Corte” de Ediciones B Argentina SA, 2017)
El libro de donde se extrae esta cita revela un antecedente del
doctor Ricardo Lorenzetti – haber pertenecido a la Juventud Peronista
ligada a la agrupación Montoneros -desconocido hasta entonces, y
revelado al ser confrontado por la autora.
Esta circunstancia no había sido informada por
el interesado en el pliego presentado para el acuerdo del Senado, en
2004, y hasta la publicación de este libro, había sido ignorada.
Aunque la adhesión de muchos jóvenes en aquella época a posiciones
extremistas no es una rareza, en este caso ha impactado por el hecho de
que es el actual Presidente de la Corte Suprema de la Argentina, con
gran involucramiento en el juzgamiento de los llamados crímenes de lesa
humanidad, es decir, de quienes pertenecían al bando contrario en el que
militaba.
Cabe reflexionar sobre el significado y consecuencias de esta actitud.
Lo inaceptable es que quien se incorporaba al más Alto Tribunal de la
República para tratar, como tema más importante, el juzgamiento de la
represión, haya ocultado haber pertenecido o haber comulgado con uno de
los sectores que fueron parte del terrible conflicto que envolvió al
país; y, también, no haberse excusado al momento de intervenir en el
juzgamiento.
Todos los hitos que permitieron el juzgamiento de los llamados ‘crímenes de lesa humanidad’ fueron discutibles, por decir lo menos: primero, la conformación del Alto Tribunal con jueces adictos,
luego la anulación de leyes de obediencia debida y punto final, luego
la increíble anulación por la Corte Suprema de una sentencia del mismo
tribunal- dictada décadas atrás – que las declaraba constitucionales (en
una nueva sentencia firmada por un ministro que había intervenido en la
anterior) la calificación de los delitos como crímenes de lesa
humanidad sin una base legal vigente a la época de los hechos y la
consecuente declaración de imprescriptibilidad.
A este cúmulo de anomalías ahora se agregaría la
participación de un magistrado que ocultó una circunstancia de su
pasado que podría afectar su imparcialidad, en lo que sería un nuevo
cuestionamiento a la actuación de la Corte Suprema.
Se trata de un ministro del Alto Tribunal, luego
elegido Presidente, que tuvo activa intervención e influencia en la
construcción de los alambicados razonamientos que tuvieron por resultado
este escandaloso resultado de la condena de quienes habrían afectado
gravemente a los DD.HH. dejando libres de todo reproche al otro sector
que también había cometido este tipo de crímenes.
Lo cierto es que por estos artilugios, los que llevaron
adelante la represión quedaron en la cárcel, en tanto los que lucharon
del otro bando quedaron desinculpados, y, según quien los mire,
exaltados.
La distinción está en la distorsionada visión de
la doctrina de esta Corte en que los crímenes de los primeros califican
– por vía de estos discutibles argumentos – en la categoría de “crímenes de lesa humanidad”.
En este caso se entiende que el antecedente de
Lorenzetti debió haber sido conocido primero por la sociedad cuando lo
ungió para el cargo en la Corte, y luego también cuando no se excusó al
intervenir en tales causas. Es que una persona que habría tenido una
posición extrema en aquella época podría no tener la ecuanimidad
necesaria para fallar en estos casos, y menos, para llevar la voz
cantante en las sentencias.
En el caso de Carmen Argibay se sabía que
había estado detenida por un tiempo por los militares del Proceso, pero
se entendió que era una persona, si bien con conocidas posiciones de
izquierda, se coincidía – y lo demostró en sus sentencias – en que era
absolutamente independiente.
La actitud del Dr. Lorenzetti es particularmente reprochable. Los principios dicen que “todo
juez en relación con el cual puede haber razones legitimas para dudar
de su imparcialidad debe abstenerse de conocer en el caso ya que lo que
está en juego es la confianza que los tribunales deben inspirar a los
ciudadanos en una sociedad democrática.” El principio de
imparcialidad como garantía del debido proceso, reviste su importancia,
como lo dice el procesalista costarricense Artavia, para“garantizar
la idoneidad del órgano jurisdiccional y la consiguiente confianza de
las partes en la imparcialidad del juzgador-garantía inherente al
cargo-, la ley ha dispuesto que los jueces y demás funcionarios
judiciales, puedan ser apartados de un proceso, por petición de los
interesados -recusación-o por propia determinación-excusación e
inhibición-cuando exista una causa legal para ellos”.
Como afirma Werner Goldshmit “La
imparcialidad consiste en poner entre paréntesis todas las
consideraciones subjetivas del juzgador. Este debe sumergirse en el
objeto, ser objetivo, olvidarse de su propia personalidad“.
Todo esto no son simples disquisiciones
leguleyas pues tienen efectos prácticos, y, de haberse conocido y
planteado oportunamente, podría haber orientado las soluciones hacia
otro derrotero.
En síntesis, la actitud del Dr. Lorenzetti, primero ocultando un antecedente determinante en el juzgamiento, y luego de no excusándose,es particularmente reprochable.
En alguna oportunidad expresé que “cuando
actúa la Justicia el deber del Estado es ser neutral. Pero en los mal
llamados casos de lesa humanidad, durante la administración
kirchnerista, el Estado hizo lo opuesto: se comprometió a no ser neutral
y se empeñó en buscar condenas a cualquier costo.”. De hecho ya se
supone una recusación con causa interpuesta contra Lorenzetti en estos
meses. basada en esta circunstancia determinante.
El propio Lorenzetti calificó al juzgamiento de
los crímenes de un sector como una Política del Estado de la República
Argentina, y también se pavoneó de la acción de la justicia.
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