sábado, 27 de febrero de 2016

EL DENZINGER-BERGOGLIO


Publicamos aquí una interesante reflexión del último fichaje de la red Denzinger-Bergoglio, conocido canonista romano que nos mantendrá al tanto de las novedades dicasteriales de la Ciudad Eterna.

Nos han distribuido en la Rota Romana, un nuevo documento relativo a la reciente reforma de los procesos matrimoniales. Se titula “Subsidio Aplicativo del motu proprio Mitis Iudex”, e intenta explicar – con dos introducciones, 30 ítems y 4 apéndices – cómo poner en práctica la reforma de 21 cánones del Código de Derecho Canónico, realizada por el motu proprio “Mitis Iudex”. Ya ese documento incluía 21 artículos aclaratorios sobre el modo de aplicar las alteraciones… ¡En Roma se dice que estas nuevas 65 páginas solamente significan un aumento del papeleo! Lo que no contribuye a resolver la crisis matrimonial mundial.
Ese “Subsidio Aplicativo” no sólo ha circulado en la Rota. A los cardenales miembros del G-9 les fue distribuido el 9 de febrero (VIS, 9 de febrero de 2016). En Roma se encuentra a la venta en las librerías católicas, publicado por la Librería Editrice Vaticana; por ahora sólo en italiano: Sussidio Applicativo del Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, 2016; nos referiremos a él como Sussidio citando la numeración que él mismo usa.
 
Un tsunami espiritual
El motu proprio Mitis Iudex, publicado por Francisco el 15 de agosto pasado, reformando los procedimientos de los procesos de nulidad matrimonial, ha representado – para los que trabajamos en la pastoral de los tribunales eclesiásticos – un tsunami mayor que el que barrió 14 países de indochina en 2004.
A doce años de esa catástrofe natural marítima, que segó más de 270.000 vidas humanas —cuántas de ellas se habrán salvado sólo Dios lo sabe—, asistimos a un tsunami espiritual que está llevando al descalabro a los que intentamos aplicar la Ley de Dios, en materia matrimonial; y no solo a nosotros, sino a tantos y tantas personas confusas, desorientadas, tantas familias deshechas, oriundas de un mundo paganizado, ajeno a la práctica de los Mandamientos; muchas, muchísimas veces buscando una palabra de veracidad, de certeza, de verdadera misericordia para con el pecador arrepentido, en las sabias leyes que Cristo dio a los hombres y a su Iglesia. Pues todos, por muy confusos o embrutecidos que estén, sienten en el fondo del alma el consejo del Maestro: “La verdad os hará libres” (Jo 8, 32). ¡Anhelan por la verdad! Cosa a veces no tan fácil en materia matrimonial.
Ya San Agustín, el gran doctor de los siglos IV y V declaraba ser el asunto del matrimonio “oscurísimo y lleno de meandros” (De coniugiis adulterinis, l. I, c. 25), por la cantidad de ramificaciones psicológicas, morales y sociales. Por eso la Iglesia ha buscado, a lo largo de los siglos, interpretar en su verdadero sentido las palabras de nuestro divino Salvador. ¿Qué dijo Jesús sobre el matrimonio?
Las enseñanzas misericordiosamente claras de Jesús
A los que intentaban justificar las segundas, terceras, cuartas uniones… el Maestro respondió recordándoles que “lo que Dios unió no lo separe el hombre” (Mc 10, 9; cf Mt 5, 31; 19, 7; Lc 16, 18), explicando que “quien repudia a su mujer, la expone al adulterio” (Mt 5, 32) y “quien repudia su mujer y se casa con otra, comete adulterio” (Mt 19, 9). Nada de segundas o terceras “uniones”, ni para él ni para ella; el bondadosísimo Jesús, Palabra de Dios hecha Hombre, califica esas segundas y terceras uniones como “adulterio”.
A la pecadora contrita (o al pecador arrepentido), Jesús siempre ofrecía el perdón: “Anda y no peques más” le dijo a la mujer sorprendida en el infame pecado de “adulterio” (Jn 8, 11). Y cuando una mujer no sólo adultera, sino meretriz, se acercó de Él con arrepentimiento sincero, el Divino Redentor le declaró: “Tus pecados te son perdonados … tu Fe te ha salvado” (Lc 7, 48-50).
El equilibrio entre la práctica de los Mandamientos y la misericordia para con el pecador que quiere cambiar de vida, es una de las maravillas de la Iglesia Católica, y la distingue de tantos desvíos de heresiarcas quienes, como los fariseos de Israel, a lo largo de los siglos han defendidos la legitimidad de segundas, terceras, cuartas uniones…
Ese equilibrio, aplicado a cada caso concreto, pide estudio, discernimiento, verificación de los motivos del tal “matrimonio fracasado”. Un “matrimonio fracasado”, como hoy se dice, no significa un “matrimonio nulo”. Las causas del “fracaso” suelen ser, como decía San Agustín “oscurísimas y llenas de meandros”.
Recordamos más abajo la notable, fundamental, intrínseca diferencia entre un “matrimonio fracasado” y un “matrimonio nulo”.
Las enseñanzas confusas de Francisco
Recientemente hemos asistido a las confusa declaración de nulidad del matrimonio de la actual primera dama mexicana con su primer marido del cual nacieron tres pimpollos. Defendida por unos, impugnada por otros. Poca claridad matrimonial en la pareja que recibió a Francisco en México (BCC, 8 de febrero de 2016; La Prensa Gráfica, 14 de febrero de 2016; SDPNoticias, 6 de febrero de 2016; MiamiDiario, 9 de febrero de 2016).
¿Muchos casos así? Todos lo conocemos y todo indica que se multiplicarán con la nueva legislación.
A partir de la nueva normativa de Francisco, para declarar que un matrimonio celebrado entre dos católicos, realizado en una iglesia, fue nulo – es decir que nunca existió – no se hace ya necesario un examen cuidadoso de los “meandros” y “obscuridades” que pueden haber sido causa de nulidad. Si esa unión es considerada “fracasada”, fácilmente se puede conseguir, en 45 días, una declaración de la “nulidad” de la misma, sin mucha investigación: bastan las declaraciones de los dos conjugues… Así está en el nuevo canon 1678 § 2, como ha quedado después de la modificación bergogliana, y que el Sussidio recuerda en el 2.1.a, como “novedad del motu proprio en la evaluación de las pruebas”, afirmando: “la declaración de las partes [marido y mujer que quieren declarar nulo su matrimonio] … pueden asumir el papel de prueba plena”, en cursiva en el original. “Prueba plena”, quiere decir que no hace falta buscar otros argumentos contrarios para certificarse de la veracidad de la simple declaración de los “interesados”, basta que el juez no tenga conocimiento de ningún elemento contrario; cosa ciertamente fácil.
El estado de confusión creado por los nuevos procesos de nulidad matrimonial
¿Quién va a juzgar? Personas que no necesitan tener mucho conocimiento de la materia…
Hasta la entrada en vigor de las nuevas leyes, la legislación preveía que fuesen sacerdotes que hubiesen estudiado los “meandros” y “obscuridades” del derecho matrimonial, preferiblemente con un doctorado en Derecho Canónico.
Pero el estudio del Derecho Canónico no está de moda. En Europa todavía encontramos licenciados o doctores en casi todos los tribunales eclesiásticos; en otros continentes… menos. En varios países de Sudamérica la mayoría de los actuales jueces eclesiásticos no son ni siquiera licenciados. Son sacerdotes, ciertamente buenos y prudentes, pero a quienes tal vez les cueste entrar en los “meandros” y “obscuridades” de ese hombre y de esa mujer que se prometieron fidelidad ante el altar, y después… ¡están en una “nueva unión”!
Según la nueva legislación el hecho del “fracaso” de la convivencia de la primera unión es indicio de nulidad de la misma… La expresión técnica es más rebuscada: el fracaso de la convivencia sería “elemento sintomático de la invalidez del consenso matrimonial” (ver los Sussidio, 3.1.b).
Un ejemplo sintomático: Enrique VII, sus mujeres y sus concubinas
Ejemplificando: la separación de Enrique VIII de su legítima esposa, Catalina de Aragón.
Casados en 1509, tuvieron diversos hijos; pero como no sobrevivió ningún varón, el rey Enrique, tan ávido de herederos como de infidelidades conyugales, se decidió por una apresurada y complaciente “declaración de nulidad” por parte del arzobispo de Londres, Thomas Cranmer. Pues a juicio de este venal prelado había lo que hoy es denominado “elementos sintomáticos de la invalidez del consenso matrimonial”.
Enrique realizó así una “segunda unión” con Ana Bolena.
Esta “segunda unión” no impidió la proliferación de las infidelidades conyugales del Rey, resultando varios hijos adulterinos. Hasta que Enrique se cansó de su “segunda unión” y mando ejecutar a Ana…
Enrique realizó una “tercera unión” con Juana Seymur…
El insaciable Enrique tuvo todavía otras tres “uniones”, una se retiró prudentemente del Palacio, otra fue decapitada. La última, Catalina Parr, sobrevivió al rey (que era su tercer marido) y tuvo todavía otra “unión”.
De ahí nacieron nuestros hermanos separados anglicanos, que aceptan las segunda, terceras y consecutivas uniones.
Los actos de Francisco tranquilizando las conciencias de los que Jesús llamaba “adúlteros”
¿Y Francisco?
Dio la vuelta al mundo la llamada telefónica de Francisco el 21 de abril de 2014 a una mujer que vivía hace 19 años en una “segunda unión”, y por ello el párroco —siguiendo las enseñanzas de Jesús: el hombre que repudia su mujer y se casa con otra, es “adúltero” (cf. Mt 19, 9)— le había dicho que no podía acercarse de la comunión. Le faltaba a esa mujer el corazón puro, necesario para unirse a Jesucristo. Al parecer, por lo menos nunca fue desmentido como tantas otras misteriosas “llamadas” de Francisco, éste le dijo que comulgase… sin arrepentimiento… sin abandonar la “segunda unión”; aquella “segunda unión” que Cristo calificó como “adulterina” (Zenit, 23 de abril de 2014).
Ahora ha dado la vuelta al mundo la llamada telefónica de Francisco a un diácono permanente, casado (legítimamente), el cual ha organizado la pastoral del “anillo perdido” para que, como él mismo explica “sea reconocida la bondad y la verdad de la segunda unión”. Aquella “segunda unión” que Cristo llamó “adulterio”, y que tanto agradaba a Enrique VIII. En realidad la noticia no ha dado la vuelta “a todo el mundo”, pues si la encontramos en los servicios en italiano o inglés, está ausente de las noticias en español, tanto de Radio Vaticana, como de Zenit o de otras agencias de gran difusión. Se puede ver, por ejemplo, en italiano (Radio Vaticana, 18 de febrero de 2016). Francisco ha querido invitar al Vaticano, para un saludo especial, esas parejas “en segunda unión”, presentadas por un diácono quien, por poco que haya estudiado la moral católica antes de la ordenación, sabe que Cristo califica las segundas uniones como “adulterio”; y por tanto no pueden ser reconocida ni “su bondad” y su “verdad”. Acogida, puentes, desprevenciones… es la tal idea del “encuentro” tan pregonada por Francisco.
Y hablando de acogida, durante su reciente viaje a México, en el “Encuentro con las Familias”, en Tuxtla Gutiérrez, Francisco saludó cuatro “familias”… Bueno, en realidad sólo dos eran familias católicas: una era una mujer con varios hijos nacidos todos fuera del matrimonio, por lo tanto no era una familia; otros eran dos “convivientes”, como se dice hoy, o “concubinos” como enseña la moral: un hombre y una mujer que sin estar casados (ella ya es casada) viven juntos desde hace 16 años… Y de ello se enorgullecieron ante Francisco y ante las cámaras de televisión del mundo entero, proclamando que su “segunda unión” era “un matrimonio y familia donde el centro es Dios”. ¿Reacción de Francisco? Levantarse, caminar a su encuentro y abrazarlos como algo normal y bueno dentro de la Iglesia.
En el avión de vuelta a Roma le preguntaban sobre esas cuatro “familias”. Y Francisco no quiso recordar a quienes completan 50 años de fidelidad, sino a la pareja de concubinos (¡16 años de infidelidad al anterior matrimonio!), explicando que lo que valía era el “camino” que ellos estaban haciendo “integrándose en la pastoral de la Iglesia”. Enfatizó que todos (casados o convivientes) deben preocuparse por los hijos que “son las primeras víctimas”. Parece que a Dios ya no le ofenden los pecados contra la castidad, que él no es “víctima por nuestros pecados”, como dicen la Letanías al Sagrado Corazón de Jesús; pero los hijos… Francisco no quiso decir si esa “segunda unión” que está “integrada en la pastoral” es una familia o no (Bollettino Sala Stampa, 18 de febrero de 2016).
Confusión, confusión, confusión…
Las llamadas telefónicas inesperadas y sus actos públicos y manifiestos tienden a crear la impresión de que el matrimonio ya no es indisoluble como la Iglesia enseñaba. Aunque en algunos documentos él recuerde fragmentos de doctrina católica sobre el matrimonio.
Así aparecen en los tribunales personas que declaran: “como ahora todo ha cambiado…”, “como el Papa ahora permite…”, “como ya no es necesario…” Y en los confesionarios: “pero ahora no necesito dejar la segunda unión…”, “pero yo creo que la primera unión era nula…”, “pero… pero… pero…”
¿Que nos depara el futuro en materia matrimonial?
¿Tendrán algún papel los veinte siglos de cuidadosos estudios de los “meandros” y “obscuridades” del matrimonio? Parece que no; y que como el arzobispo Mons. Thomas Cranmer, cualquier prelado, con o sin estudios, sea o no complaciente, podrá declarar nula cualquier “primera unión”, desde que se adquiere la “certeza moral” del “fracaso” del legítimo matrimonio (así se expresan los textos que estamos considerando). Así está en el Sussidio II.1.b; y 3.3.
Conviene recordar lo que enseña la Iglesia imperecedera de Jesucristo, sobre “certeza moral” , “matrimonio nulo” y “matrimonio fracasado”;
El verdadero concepto cristiano de matrimonio
Estos veinte siglos nos enseñaron, que al contrario de Mons. Cranmer, ha habido muchos obispos virtuosos y santos que han sabido distinguir, “certeza moral” de “opinión” (“yo creo que…”); y han diferenciado las dos nociones totalmente desemejantes que, en la mayoría de las lenguas latinas, se significan con la palabra “matrimonio”:
  1. El “acto” por el cual un hombre y una mujer se prometen mutua fidelidad, en la riqueza y en la pobreza, en la salud y en la enfermedad, hasta la muerte, para tener hijos y educarlos. Es un acto: hubo o no hubo, en aquel momento, con aquellas concretas personas, en aquellas circunstancias.
  2. La “realidad” originada por ese “acto”: un núcleo familiar que se desarrollará más o menos, y dará a los hijos una formación humana y, sobre todo, cristiana; además de contribuir para la mutua complementación de los dos esposos, como el mismo buen Dios “pensó” al darle Eva, nuestra común madre, a Adán: “no es bueno que el hombre esté solo. Voy a hacerle una ayuda adecuada” (Gen 2, 18).
Cuando hay un “acto” matrimonial válido (él quería, ella quería, ellos consintieron en unir sus vidas sin vuelta atrás, aceptando los hijos y preocupándose por su educación cristiana), germina la “realidad” matrimonial o familiar. El “acto” genera la “realidad”, la cual una vez que empezó a existir no puede ser deshecha por ningún poder humano, como recuerda el canon 1141 del actual Código de Derecho Canónico: “El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte”. En la antigua ceremonia matrimonial, al dar la bendición a los nuevos esposos, el sacerdotes añadía: “¡Yo os declaro marido y mujer hasta que la muerte os separe!”
Si después la convivencia matrimonial “fracasa”, por incomprensiones, por infidelidades, por falta de virtud, por mil motivos “meandrosos” y “obscuros”, lo posterior no cambia lo anterior: el “fracaso de la convivencia” no puede anular el “acto constitutivo”, que sólo puede deshacerlo la muerte de una de las partes.
Sin embargo, con la praxis bergogliana, y sus nuevas normas, se difunde una confusión generalizada entre los bautizados, incluso clérigos, y hasta trabajadores de los tribunales eclesiásticos, de que “matrimonio fracasado” es indicio de “matrimonio nulo”.
Es más o menos como si yo compro una deliciosa tarta de merengue con fresas frescas (el “acto constitutivo” de que la tarta es mía y soy responsable por ella) y me la llevo a casa en un día de calor veraniego, dejándola fuera de la nevera por 48 horas… Después, evidentemente, se estropeó. Entonces vuelvo a la pastelería pidiendo que me devuelvan el dinero. ¿Yo he protegido la tarta para que no se estropee? Mi descuido no anula el “acto constitutivo” de la compra de la tarta.
La “certeza moral” de la nulidad de un “acto matrimonial”
¿Y la “certeza moral” que el obispo debe tener de la nulidad del “acto matrimonial”? ¿No es algo tan sencillo?¡Basta ver que ellos no pueden continuar viviendo juntos! Además, cada uno de ellos ya tiene otro compañero/compañera, y han nacido hijos: ¡hay que cuidar de los hijos! Confusión, confusión, confusión…
La “certeza moral” de que el “acto constitutivo del matrimonio” existió (y que por tanto no es nulo) se adquiere, como enseño magistralmente el papa Pío XII, en una Alocución al Tribunal de la Rota Romana, 1/10/1942 (AAS 34 [1942] 338-343) considerando diversos elementos. Distingamos esa “certeza moral” necesaria para emitir un juicio en un tribunal eclesiástico, de la “certeza absoluta” (rarísimo de suceder, en tratándose de actos humanos y de las intenciones más recónditas de la psicología), y de la simple “certeza”, que podemos llamar el “a mí me parece”.
Se puede hablar que tenemos “certeza absoluta” sobre un hecho cuando excluimos cualquier posibilidad de que lo contrario sea verdadero: tenemos “certeza absoluta” de que Juanito ha roto el cristal de la ventana, porque lo hemos visto con el tirachinas apuntando a la ventana, y después oído el ruido de los cristales rotos. Tenemos “certeza absoluta” de que un “acto matrimonial” fue nulo cuando sabemos comprobadamente que él (o ella) tenían un defecto físico que ocultaron a propósito, para evitar que el otro no aceptase el matrimonio: por ejemplo, que uno de los ojos era de vidrio.
En lenguaje corriente se dice que se tiene “certeza” de alguna cosa (“yo creo que”, “a mí me parece que”) cuando, por un lado, no se excluye la duda racional de esa certeza, y por otro se admite que puede ser verdadero lo contrario. Es la vida de todos los días. Tenemos “certeza” de que el autobús va a pasar a tal horario, porque no hay huelga, ni otros problemas; pero puede ser que se haya pinchado un neumático, o que se haya fundido el motor… u otra cosa que admitimos como posible, con cierto temor (posibilidad real), porque las máquinas son viejas, la carretera mal asfaltada, sucede tres o cuatro veces al año… Tenemos “certeza” (simple) de que un “acto matrimonial” ha sido nulo cuando vemos que desde el primer día ellos se peleaban, que él coqueteaba con otras durante el almuerzo después de la boda, y ella con otros… Pero eso no nos permite decir que tenemos “certeza moral” de que el “acto matrimonial” haya sido nulo. Volviendo al ejemplo de Juanito y el cristal de la ventana: si Juanito no tiene tirachinas, si nadie lo ha visto, no podemos tener “certeza moral” de que ha sido él quien ha roto el cristal. Aunque el cristal esté roto, y tal vez podría haber sido Juanito el culpable, porque ya ha roto otros cristales.
Para emitir un juicio, a respecto de la nulidad de un acto matrimonial, es necesario tener la “certeza moral”. Así lo recordaba Pío XII (hemos citado su Alocución a la Rota Romana de 1942), así lo repite Francisco en los documentos citados (Sussidio 3.3). La “certeza moral” sobre un acto excluye, de un lado, cualquier duda racional sobre su veracidad, y de otro lado admite una posibilidad teórica (no una probabilidad, ni una posibilidad real) de equivocarse en ese juicio. Para tener la “certeza moral” de la nulidad de un “acto matrimonial” tenemos que excluir cualquier duda racional sobre la veracidad del mismo; si bien que, teóricamente hablando, siempre es posible que haya un error de juicio, especialmente en materia tan llena de “meandros y obscuridades”, en particular si puede faltar algún elemento que nos es desconocido.
Eso es lo complicado en cada causa matrimonial, entrar en los “meandros” y “obscuridades” psicológicas y morales de ese acto realizado públicamente por un hombre y una mujer mayores de edad, delante de muchos testigos, y que ahora dicen que no querían lo que decían. ¿Ellos se soportaban mutuamente en las pequeñas dificultades de la vida cotidiana? ¿Eran mutuamente fieles, no buscando ninguna aventura, ni sospecha de aventura, con otro/otra? ¿Frecuentaban los sacramentos? ¿Ellos rezaban?
La verdad del matrimonio cristiano enseñada por S. Juan Pablo II
“Sólo una cosa es necesaria”, enseñó el Divino Maestro (Lc 10, 42): tenerlo a Él como centro de todas nuestras atenciones, seguir sus enseñanzas imperecederas, tener esa vida interior que S. Juan Pablo II en la Carta Apostólica Mulieres Dignitatem recomienda: seguir “el modo de actuar de Cristo, el Evangelio de sus obras y de sus palabras” (n. 15). Y da como ejemplo la samaritana, que reconoció la condición de pecado en que se encontraba, arrepintiéndose de ello: “no tengo marido…” (Jo 4, 17), a lo que Jesús misericordiosamente le respondió: “Bien has dicho que no tienes marido porque… el que ahora tienes no es marido tuyo: en esto has dicho la verdad” (Jo 4, 18).
La verdad nos hace libres enseñó Jesús (Jo 8, 32). La verdad sobre el matrimonio libera los hombres y las mujeres del pecado, del… infierno. La confusión: ¿a quién beneficia?
¿Qué respondería Jesús al diácono Tassinari, cuando este afirmase —contrariamente a la samaritana— querer que “sea reconocida la bondad y la verdad de la segunda unión”? ¿Le diría “bien has dicho” como junto al pozo (Jo 4, 18)? ¿O repetiría como a los fariseos que “quien casa con otra mujer comete adulterio” (Mt 19, 9)?
El adulterio es uno de las prohibiciones explícitas dadas por Dios en el Sinaí a Moisés: “No cometerás adulterio” (Ex 20, 14; Deut 5, 18), enfatizada en los versículos inmediatamente siguientes: “no codiciarás la mujer de tu prójimo” (Ex 20, 17; Deut 5, 21). Explicado en sus detalles por el Bondadosísimo y Misericordioso Jesús: “el que mira a una mujer deseándola, pecó con ella en su corazón” (Mt 5, 28). Magistralmente glosado por S. Juan Pablo II en su catequesis del 23/4/1980: “El hombre comete adulterio, si se une de ese modo con una mujer que no es su esposa. También comete adulterio la mujer, si se une de ese modo con un hombre que no es su marido” (Audiencia General, 23 de abril de 1980).
Dios quiera librar al mundo de la confusión en materia de adulterio, de concubinato, de “segundas uniones”, “terceras…” Para que Cristo reine verdaderamente en todos los corazones.
Roma, para el Denzinger-Bergoglio
Le damos las gracias al nuevo miembro del Denzinger-Bergoglio. Esperamos más aportes desde la Ciudad Eterna. Mientras tanto, recordamos algunos estudios anteriores donde nuestros lectores podrán encontrar las enseñanzas que la Iglesia ha dado a lo largo de los siglos sobre este tema:
Sobre la indisolubilidad del vínculo:

Sobre la situación de las personas que viven en segunda unión:





Sobre la actitud de la Iglesia en relación a las personas que viven en segunda unión:

Sobre la realidad de la familia cristiana:



Sobre las razones históricas y teológicas del cisma anglicano: